El Huaso
—Señor Curita Civil
con mi novia vengo aquí,
mas templada que el añil,
bailando por dar el «sí».
El Cura
—Aqui estoi para enlasar
a toda la humana grei;
aqui estoi para casar
en el nombre de la «lei».
El Huaso
—Me dicen que el matrimonio
que por lo civil se llena,
quien lo firma es el demonio.…
i esto me da mucha pena.
El Cura
—Si como lo dices tù,
es de ella su voluntad
deja a un lado tu inquietud
i podremos principiar.
El Huaso
Pero señores el caso
que mi novia es de Turquia;
yo chileno, hasta los mazos
i esto acaso impederia………
El Cura
—Hombre… no seas remiso,
La «lei» une corazones,
haciendo así, caso omiso
de todas las relijiones:
el que sea protestante
se casa con la cristiana,
el que sea del Levante,
con la mujer africana.
El Huaso
—Hai otra dificultad……
i es que somos los dos pobres
i no podremos pagar
la plata que Ud. nos cobre
El Cura
—El Gobierno es jeneroso,
no te debes inquietar;
hace el servicio gracioso,
sin un centavo cobrar.
El Huaso
—Será verdad, mi señor,
lo que dicen los pechoños:
que está maldito de Dios
quién hace este matrimonio?
¿que viniendo a esta oficina
se comete un desacato,
porque solo se orijina
en ella, un concubinato?
¿que quién lo ha contraido,
de la maldicion no escapa,
como si hubiese escupido
la tiara del mismo PAPA?
¿que si se muere, no puede
cubrirlo sagrado suelo
i ni entrada le concede
San Pedrito allá en el Cielo?
El Cura
—Quien, hombre, llena la Lei,
cumple de Dios un mandato
i el mas sagrado deber;
se muestra justo i sensato……
¡Jamas te venga a inquieta
sensuras de frailería,
que saben solo abrigar
mala fé i alevocia!!!!
I puesto que lo quereis
i llenais los requisitos:
en el nombre de la Lei,
os declaro casaditos.
Ya no podrá tu mujer,
en la sombra del misterio
a otro pertenecer
sin caer en adulterio.
Ni tú podras, prevalido
de tu mayor libertad,
hacerte desentendido,
abandonando tu hogar;
porque teneis el Estado
que será supremo Juez
que hará purgar el pecado
volviendoos á la fé.
Cuando nascan vuestros hijos
no os olvideis de venir
en los treinta dias fijos
A sus nombres a inscribir.
Porque si tal no lo hicieres
fuerte prición mereseis
por faltar a tus deberes
o chauchas si las teneis
Ya podeis vivir contentos,
visitar la sociedad,
reiros de los jumentos
que te queran despreciar.
I esta doctrina propaga
por toda la humanidad,
¡que la ley no exije paga
para poderse llenar!
Que no siendo presidarios
ni parientes mui cercanos
ni locos, ni mercedarios
casados ni cuadrumanos,
no exije por condicion
(lo que es gran temeridad)
igualdad de relijion
para poderse casar.
Del casamiento el objeto
al Estado soberano,
es dar buenos ciudadanos
con sus sentidos perfectos.
I la ciencia ha demostrado
que entre parientes cercanos
viene un jermen degradado,
paralítico o insano.
Por eso el Estado activo
concideró con razon,
requisito negativo
de parientes la cuestion.
No valiendo la riqueza,
que Babilonia encerró,
para lograr la dispensa
de tan gran resolución.
El matrimonio civil
tiene sobre el relijioso
ventajas mas de dies mil
i es mucho menos odioso.
Pues a nadie éste somete
al proceder ordinario:
si descansa el dia siete,
si reza siempre el rosario,
qué veces ha comulgado,
cuantos diezmo ha cumplido,
cuantas limosnas ha dado,
cuantas misas ha ofrecido,
si es hereje o es cristiano,
si es protestante o judío,
si es turco o americano,
si es volcánico o es frío,
si es pobre, rico o mediano,
hacendado o comerciante,
si es albañil o artesano,
hombre tranquilo o tunante,
¡ i al hecho de ser parientes,
ser rabinos u hotentotes,
no olvidan si son los clientes
hombres que tienen pesotes;
no encontrando oposicion,
cosa que no satisfaga,
si se le exije el favor
señalandole la paga!!!
El impuesto cancelado,
en peor condicion que un bruto,
casado sin ser casado
queda quien paga el tributo,
no teniendo obligacion
tal mujer en tal marido,
pudiendo su corazon
regalarselo a un querido;
i este pudiendo tambien
cansado del matrimonio,
de la vida en el vaivén,
hecharlo todo al demonio!!
i contraer nuevamente
con otra mujer enlace,
mui del todo indiferente
a lo que la primera hace.
I los hijos no podran,
para quien muere intestado,
el patrimonio heredar,
pues lo rechasa el Estado.
Me está pareciendo mucha
la ventaja en conclucion…
Voi a cerrar mi casucha
con que ser feliz i adios!……
ROLAK
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